Blanca Esteban Luna / Seguridad Alimentaria (Asociación de Celíacos y
Sensibles al Gluten)

Cuando nos diagnostican la enfermedad celíaca y nos pautan seguir una dieta sin gluten de por vida, lo primero en lo que todos pensamos es en la comida, ¿qué podré comer a partir de ahora? Y una vez nos informamos, vamos adaptando todo lo que solíamos comprar para que sea sin gluten. Afortunadamente, en la actualidad es fácil encontrar productos sin gluten, y no hace falta buscar tiendas especializadas, ya que en la mayoría de los supermercados se venden.

Sin embargo, hasta que no tenemos la necesidad de tomar un medicamento no nos planteamos que puedan contener gluten.

Aunque en la actualidad son muy pocos, algunos medicamentos contienen gluten como excipiente. En este caso, los laboratorios farmacéuticos están obligados a declararlo en el prospecto, por lo que es necesario leerlo antes de retirar el medicamento de la farmacia.

Hay que tener muy claro que en los medicamentos no tenemos que buscar que en el envase indique “sin gluten” como hacemos con los alimentos, si no “contiene gluten” ya que según la legislación que afecta a estos productos, los laboratorios farmacéuticos tienen la obligación de incluir una advertencia en el prospecto cuando el gluten está presente como excipiente.

Legislación.- Según el Real Decreto 1345/2007 y la Circular 01/2018 de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, es obligatorio declarar en el prospecto, la ficha técnica y el etiquetado de éste, la siguiente información relativa a los excipientes:

• Si el contenido es inferior a 20 ppm (20 mg/kg) de gluten:
Este medicamento contiene niveles muy bajos de gluten, procedente de almidón de almidón de <…>. Se considera “sin gluten” y es muy poco probable que le cause problemas si padece la enfermedad celíaca.
• Si el contenido supera las 20 ppm (20 mg/kg) de gluten:
Este medicamento contiene niveles muy bajos de gluten, procedente de almidón de almidón de <…>, y aunque es muy poco probable que le cause problemas si padece la enfermedad celíaca, debe ser tenido en cuenta por los pacientes celíacos.

No obstante, si queréis consultar el prospecto antes de comprarlo, siempre lo podéis hacer en la página del Centro de información online de medicamentos de la AEMPS – CIMA: http://cima.aemps.es/cima/publico/home.html.

¿Y qué debemos hacer en el caso de que el medicamento que tenemos que tomar contenga gluten?.- En ese caso, podemos consultarlo en la farmacia, ya que lo normal es que exista otro medicamento que tenga el mismo principio activo y excipientes diferentes que sean sin gluten. En el caso de que no encuentren en la farmacia ninguna alternativa, tendremos que consultarlo con el médico que nos lo ha pautado, para que él valore, en función de la duración del tratamiento y de la importancia de este, si lo debemos tomar o no.

Esta legislación, ¿regula también los complementos alimenticios?.- No, ya que los complementos alimenticios no son medicamentos. Por lo que si queremos comprar este tipo de productos deberemos buscar marcas que certifiquen la ausencia de gluten de éstos.