
José María García Carrasco /
Vicepresidente y tesorero de la Asociación de Jueces de Paz de la Comunidad de Madrid
Los jueces de paz prestan un servicio público a las poblaciones de los municipios donde no hay Juzgados de Primera Instancia, normalmente poblaciones menores de 7.000 habitantes, asumiendo numerosos trámites judiciales y acercando la administración de justicia a la ciudadanía. Por ello, su supresión supondría un duro golpe para los pueblos.
Así lo ha asegurado la Asociación de Jueces de Paz quien ha reclamado que se dé marcha atrás a los planes legislativos que se encaminan a la supresión de esta figura tan arraigada desde que fueron implantadas hace casi doscientos años en las localidades que no tienen Juzgado de Primera Instancia o Instrucción.
En este sentido, defiende la importancia de un servicio público a las poblaciones de los municipios más pequeños, muy afectados por la despoblación, y donde asumen numerosos trámites judiciales.
La reforma del Código Penal en 2015, ha dicho la Asociación, comenzó reduciendo las competencias de estos juzgados de paz: hasta entonces resolvían juicios de faltas a través de la mediación y ahora ya solo intervienen en juicios civiles de hasta 90 euros.
Además, un reciente anteproyecto, aprobado por el actual Gobierno Central el pasado mes de abril, marca el camino para su desaparición: se habla que nos van a sustituir por oficinas de justicia, pero no queda claro y difícilmente van a cubrir a las poblaciones de menor población.
A juicio de la Asociación, la supresión de los jueces de paz supondría un paso más en el proceso de pérdida de servicios que vienen sufriendo las localidades de menor población, pero además, ha recalcado que sería perjudicial para la convivencia.
Los jueces de paz son personas que la vecindad considera cercanas, que respetan y en las que tienen confianza, por lo que facilitan que se llegue a acuerdos y favorecen el entendimiento y la cohesión.
Desde el colectivo también han apuntado que el servicio de los jueces de paz supone un ahorro significativo para los vecinos en determinados trámites relevantes y evita desplazamientos hasta juzgados en otras poblaciones. Por ejemplo, los jueces de paz oficiamos bodas de forma gratuita, a diferencia de los notarios, que cobran por ello.
Los jueces de paz son elegidos por los ayuntamientos por un período de cuatro años y atienden numerosos trámites como: inscripción de nacimientos, defunciones, matrimonios, certificados de fe de vida, expedición y duplicados de libros de familia, capitulaciones, expedientes de nacionalidad, cambios de apellido…
También notifican actos judiciales, celebran actos de conciliación que evitan juicios y contribuyen a reducir el colapso de la justicia; y también han realizado labores de protección de pruebas en sucesos como accidentes de tráfico y están siempre a disposición para auxiliar a los distintos juzgados.
La eliminación de los jueces de paz no responde a una cuestión económica, ya que las asignaciones no llegan ni a 4.000 euros al año a pesar de que estamos disponibles las 24 horas, es un cometido que realizamos de forma vocacional, como un servicio a nuestra vecindad.
La figura de los jueces de paz data en España de mediados del siglo XIX. Tiene una larga tradición en otros países europeos, en los que siguen vigentes, como Reino Unido, Bélgica o Escocia, e incluso, en otros continentes como demuestra su implantación en Canadá.